Ordenanzas - Excepción de cobro de impuesto rifa escuela Emanuel


                                   ORDENANZA NRO.10258/97.-

                                 EXPTE.NRO.10576/97-H.C.D.

 

 

VISTO:

         El Expte.Nro. 1407/97.

 

CONSIDERANDO:

          Que el mismo fue girado por el Departamento Ejecutivo Municipal, donde se adjunta nota remitida por el Pbro. Juan Carlos Locatelli, en representación de la Escuela Especial "Emanuel", solicitando se exima del pago de Tasas al Bono Contribución que pondrá en circulación dicha entidad.

           Que siendo de público conocimiento el trabajo y la dedicación que la Asociación Emanuel emplea a fin de poder llevar adelante el funcionamiento integral de su Escuela Especial para discapacitado, y sabedor éste Honorable Cuerpo que lo recaudado será aplicado íntegramente a solventar los gastos diarios que tiene ésta intachable institución de nuestra ciudad, se aconseja hacer lugar a lo peticionado.

 

POR ELLO:

       EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

                               ORDENANZA

 

ART.1.-EXIMASE a la Escuela Especial "Emanuel" (Atencio`n Integral del Discapacitado), del pago del 5% correspondiente al impuesto por rifa.

ART.2.-COMUNIQUESE, ETC....

 

 

 

 

 

 

SALA DE SESIONES, SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 27 DE JUNIO DE 1997.

JOSE INGOLD, PRESIDENTE - GUILLERMO MARTINEZ, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

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