ORDENANZA Nº 10502/2001.
EXPTE.Nº 579/2001-H.C.D.
VISTO:
La factibilidad de que a través de la Sub-Unidad Provincial de Coordinación para la Emergencia, se construya un cupo de 11 (once) viviendas en el marco del proyecto contra inundaciones (P.P.I), financiado por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF).
CONSIDERANDO:
Que es de interés municipal la realización del Programa de Viviendas por Autoconstrucción en el marco P.P.I – BIRF , teniendo en cuenta el déficit habitacional de la localidad que afecta a la comunidad, y en especial a las familias de escasos recursos.
Que dentro del Plan de Gobierno de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, a través de la Secretaría de Desarrollo Social y la Dirección de Viviendas, se encuentra previsto continuar la construcción de viviendas destinadas a cubrir dicho déficit.
Que los terrenos existentes: Manzana Nº 26 E, Parcela 1-d2, con una superficie total de 1384,45 m2. Manzana Nº 23 F, con una superficie total de 5172,30 m2. Son propiedad de este Municipio y están previstos de la infraestructura necesaria para la finalidad anunciada.
Que atento a las especificaciones técnicas del mencionado Programa, es imprescindible cubrir requisitos de orden administrativo-institucional en el marco del P.P.I.
Que no existen impedimentos legales para transferir dichos terrenos, por ello y en uso de las facultades otorgadas por la Ordenanza Nº 10453/2000.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1.- TRANSFIÉRASE en carácter de donación - al finalizar las obras- a los beneficiarios del P.P.I. los siguientes inmuebles: Manzana Nº 23 E, Parcela 1-d2, con una superficie de 1384,45 m2., Manzana Nº 23 F, Parcela 1-d1 con una superficie total de 5.172,30 m2. Se hace constar que los inmuebles antes mencionados se hallan libre de todo gravamen, no registrando inhibición alguna. Asimismo se arbitrarán los mecanismos necesarios para el diligenciamiento de las escrituras e inscripción en el Registro de la Propiedad.
ORDENANZA Nº 10502/2001.
ART.2º.- AUTORIZAR al Sr. Presidente Municipal Dr. Emilio Martínez Garbino, D.N.I. Nº 5.097.386, a realizar todas las gestiones correspondientes a trámites administrativos-institucionales y/o suscripción de convenios necesarios.
ART.3º.- ELÉVESE copia de la presente a la Secretaría de Desarrollo Social, Dirección de Viviendas, y a la Sub-Unidad Provincial de Coordinación para la Emergencia.
ART.4º.- COMUNÍQUESE, ETC....
SALA DE SESIONES.
SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 6 DE ABRIL DE 2001.
SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE – JUAN IGNACIO LOPEZ, SECRETARIO.
ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.