ORDENANZA Nº 10710/2004.-
EXPTE.Nº 1861/2004-H.C.D.
VISTO:
El Expediente Nº 3102/03 remitido por el D.E. Caratulado:
“ Benetti, Hugo Daniel s/compra de terreno”.
CONSIDERANDO:
Que del dictamen emitido por la Secretaría de Obras Públicas, se desprende la viabilidad de acceder a lo solicitado.
Que del informe se desprende que el lote solicitado le corresponde a la Municipalidad por Convenio realizado con los Sres. Patrone, siendo una Reserva por Rípio de acuerdo al mismo, estando en Asesoría Legal el trámite de inscripción registral a favor de este Municipio.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- AUTORIZASE al D.E. a vender al Sr. Hugo Daniel Benetti, D.N.I. Nº 25.661.107, la fracción de terreno de propiedad municipal ubicada en la manzana 14 “k”, Parcela 2, con una superficie de 238,75 m2. Plano de mensura Nº 60833, Partida Inmobiliaria 139620, cuyo domicilio parcelario es en Santa Juana de Lestonac y Pública, en la suma de $ 7000.- (Pesos Siete Mil).
ART.2º.- ESTABLÉCESE que lo recaudado en concepto de la venta enunciada en el Art.anterior, deberá ser afectado a trabajos públicos.
ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC...
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 5 de agosto de 2004.
Héctor de la Fuente, Presidente – Víctor Ingold, Secretario.