ORDENANZA Nº 11132/2008.-
EXPTE.Nº 3151/2008-H.C.D.
VISTO:
La Ley Provincial Nº 9780/07, y
CONSIDERANDO:
Que mediante dicha Ley, la Legislatura de la Provincia de Entre Ríos autoriza al Poder Ejecutivo a transferir, a título gratuito, a favor de la Municipalidad de Gualeguaychú, el dominio de una fracción de terreno de una superficie de tres mil doscientos metros cuadrados (3200 m2) propiedad del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, que se ubica en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Gualeguaychú, ciudad de Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección 7ª, Manzana 790, con domicilio parcelario en Avenida Julio Irazusta s/n, correspondiente a Plano de Mensura Nº 62.613, inscripto ante el Registro de la Propiedad Inmueble de esta ciudad, bajo matrícula Nº 128.016, facultándose asimismo a la Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites de transferencia del dominio.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- ACEPTAR la donación efectuada por el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos mediante Ley Nº 9780/07, a favor de esta Municipalidad de San José de Gualeguaychú de una fracción de terreno de una superficie de tres mil doscientos metros cuadrados (3200 m2) propiedad del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, que se ubica en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Gualeguaychú, ciudad de Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección 7ª, Manzana 790, con domicilio parcelario en Avda. Julio Irazusta s/n correspondiente a Plano de Mensura Nº 62613, inscripto ante el Registro de la Propiedad Inmueble de esta ciudad bajo Matrícula Nº 128.016 cuyos límites y linderos son : NORTE: Recta (1-2) al S 84º 45´E de 81,67 metros linda con María Isabel Ménica. ESTE: Recta (2-3) al S 6º 22´E de 40,00 metros linda con María Isabel Ménica. SUR: (3-4) al N 84º 45´O de 81,67 metros linda con Jorge H.
ORDENANZA Nº 11132/2008.-
Hadad y Otros. Y OESTE: Recta (4-1) al N 6º 22´O de 40,00 metros linda con Avenida Julio Irazusta.
ART.2º.- COMUNICAR al Superior Gobierno de la Provincia el presente acto de aceptación de donación remitiendo ejemplar de la Ordenanza.
ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 2 de mayo de 2008.
Liliana M. Ríos, Presidenta – Leonardo Portela, Secretaria.
Es copia fiel que, Certifico.