Ordenanzas - Donacion de Sr Jaime de lotes a los Sres Laborde y Gonzalez


ORDENANZA NRO. 10358/99.

EXPTE.NRO. 11464/99-H.C.D.

 

 

 

VISTO:

Lo actuado en el Expte.Nro. 11464/99 de este Honorable Concejo Deliberante, en donde el Sr. Jaime, Francisco Antonio donará a los Sres. Laborde, Jorge Ismael y González, Juan Antonio un terreno de su propiedad.

 

CONSIDERANDO:

Que el Sr. Francisco A. Jaime solicita a este Honorable Concejo Deliberante la autorización de fraccionar un terreno de su propiedad para así obtener dos parcelas de 8,44 mts. de frente por 18,50 mts. de fondo, y donar las mismas a dos familias de escasos recursos.

Que dicha donación a los Sres. Jorge I.Laborde y Juan A. González tiene por razón permitir que estas personas construyan allí sus viviendas particulares junto a sus esposas e hijos.

Que esta donación, bien como lo explícita la nota solicitante, estará destinada exclusivamente a conformar el hogar de estas familias que hoy carecen de viviendas.

Que en conformidad de lo expuesto, la solicitud inicial que da lugar a esta norma contiene las firmas del Sr. Jaime, Francisco Antonio y su Sra. esposa, Chesini, Rosa; como también del Sr. Jorge I.Laborde y su Sra. esposa, Espíndola, Ma. Graciela; y del Sr. Juan A. González y su Sra. esposa, Silva, Miriam Antonia.

Que si bien la solicitud de fraccionamiento del terreno no es ajustada a lo prescrito en la Ordenanza 5943 de subdivisión de la tierra, el fin propuesto de donación y el formal compromiso de no locar o vender los terrenos citados, sino utilizarlos para vivienda familiar, permite a este Cuerpo considerar positivamente la excepción propuesta; haciendo lugar a dicho fraccionamiento en virtud del valor social que este implica, como así también de merituar que las dimensiones finales de cada terreno no implican hacinamiento alguno.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1.-APRUEBASE como medida de excepción el fraccionamiento de dos lotes propuestos a Fs. 18 del Expte.Nro. 11464/99, del terreno ubicado en esta ciudad, Manzana 186 “y”, propiedad del Sr. Francisco Antonio Jaime, D.N.I. Nro. 10.456.252, domiciliado en calle Caferatta 322.

 

 

 

 

ORDENANZA NRO. 10358/99.

 

 

 

 

ART.2.-CONDICIONASE la aprobación a que los lotes sean donados a las personas indicadas: Jorge Ismael Laborde, D.N.I. 14.215.219 y Juan Antonio González, D.N.I. Nro. 16.346.943, y que los mismos sean utilizados exclusivamente para viviendas familiares de dichas personas, quedando expresamente prohibido locarlas, enajenarlas o cualquier cambio de destino, circunstancia que deberá constar en las mensuras y se transcripta en los respectivos títulos de dominio.

ART.3.- COMUNIQUESE, ETC.

 

 

 

 

SALA DE SESIONES.

SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU, 12 DE MARZO DE 1999.

JOSÉ INGOLD,PRESIDENTE-GUILLERMO MARTINEZ,SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE,CERTIFICO.

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