ORDENANZA Nº 11002/2007.-
EXPTE.Nº 2841/2007- H.C.D.
VISTO:
El Expediente Nº 2841/2007, Caratulado: “ Documentación remitida por el Departamento Ejecutivo s/convenio suscrito entre el Municipio y C.U.DE.GUA ”.
CONSIDERANDO:
Que entre la Sra. María Susana Borga, D.N.I.Nº 3.732.663, preadjudicataria en el sucesorio de su padre, y el Centro Universitario de Gualeguaychú, se celebró contrato por el cual la primera cede a la segunda en alquiler, un inmueble ubicado en Plaza Azcuénaga Nº 139 de la ciudad de La Plata, destinado a vivienda familiar.
Que en virtud de los fines tenidos en mira y que motivan la celebración de dicho contrato, la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, conjuntamente con otras personas, se constituye en fiador de las obligaciones contraídas por dicho contrato, para lo cual resulta necesaria la homologación del mismo por parte de este Colegiado Cuerpo.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- HOMOLOGASE el contrato de locación celebrado en fecha 22 de mayo de 2007, entre la Sra. María Susana Borga, D.N.I.Nº 3.732.663, preadjudicataria en el sucesorio de su padre, y el Centro Universitario de Gualeguaychú, suscrito en carácter de garante por la Municipalidad de San José de Gualeguaychú.
ART.2º.- COMUNÍQUESE, ETC....
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 8 de junio de 2007.
Héctor de la Fuente, Presidente – Gerardo Sánchez, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.