Ordenanzas - Villa María


ORDENANZA Nº 12.326/2019.-

EXPTE. Nº 6339/2019-H.C.D.

VISTO:

         La solicitud efectuada por la Comisión Vecinal del barrio “Villa María”, y;

COSIDERANDO:

         Que en la nota obrante a fs. 4, el Presidente de la Comisión Vecinal propone y peticiona a este Cuerpo,  la imposición del nombre “Daniel A. TAGNIANI” al salón de usos múltiples (SUM) del barrio, manifestando que el Sr. Tagniani desde el 2011 ocupó el puesto de tesorero de la comisión, trabajando siempre de forma comprometida por lograr el mayor bienestar de los vecinos de la zona, y de la ciudad en general.

         Que a fs. 7,  la comisión de Obras Públicas de este Concejo Deliberante, solicitó a la Dirección de Comisiones Vecinales, la confección de un acta de conformidad de los vecinos con el nombre propuesto.

         Que la misma, obra agregada a fs. 9/10, realizada en fecha 27 de mayo del corriente, confirmando los vecinos el nombre propuesto.

         Que por todo lo expuesto, se considera viable acceder a lo solicitado, imponiéndole el nombre de “Daniel A. TAGNIANI” al espacio propuesto.

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

Artículo 1°.- IMPONGASE el nombre “Daniel A. TAGNIANI” al salón de usos múltiples (SUM) sito en el Barrio Villa María de nuestra ciudad de Gualeguaychú.

Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE de la presente a la Dirección de Comisiones Vecinales de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú.

Artículo 3°.-  COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y ARCHIVESE.

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 5 de julio de 2019.

Mariana Farfán, Vicepresidente 1º – Leandro M. Silva, Secretario.

 

 

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