ORDENANZA Nº 12647/2022.-
EXPTE.Nº 6961/2021 – H.C.D.-
VISTO:
Que esta gestión entiende que las actividades turísticas y dada la dinámica de nuestra ciudad deben desarrollarse todo el año en lo que denomina “TURISMO 365”; y
CONSIDERANDO:
Que a partir de un trabajo conjunto y una articulación con los distintos prestadores se logró avanzar en la reorganización de estos espacios, poniendo principal énfasis en el cumplimiento de las ordenanzas vigentes y en la seguridad de las personas usuarias hacedoras de estos espacios.
Que esta gestión entiende que las actividades turísticas y dada la dinámica de nuestra ciudad deben desarrollarse todo el año, ya que desde el primer momento se trabaja en conjunto con los distintos prestadores y prestadoras turísticos en una política pública turística denomina 365, haciendo mención específicamente a la actividad Balnearios, ya que la normativa vigente dispone que las habilitaciones de estos emprendimientos, se concederá para temporada estival, es decir desde diciembre y hasta Semana Santa.
Que por todo lo expuesto se cree necesaria la modificación de la Ordenanza N° 11.321/2009.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA EL SIGUIENTE:
ORDENANZA
Art.1º.- MODIFIQUESE el artículo 8° de la Ordenanza N° 11.321/2009 el cual quedara redactado de la siguiente manera "ESTABLECESE que en forma anual y con la anticipación mínima de TRENTA (30) días a la iniciación de la actividad, los propietarios y las propietarias, deberán solicitar la habilitación de los mismos."
Art.2°.- MODIFIQUESE el artículo 9° de la Ordenanza Nº 11.321/2009 el cual quedara redactado de la siguiente manera "La habilitación a que se refiere el Artículo 1° de la presente, se concederá por el plazo de UN (1) año. Cuando las playas permanezcan cerradas temporalmente se deberá informar mediante carteles indicadores y otros medios de tal manera que la información sea clara y suficiente".
Art. 3°.- COMUNÍQUESE, publíquese y archívese.
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 5 de Agosto de 2022.
Lorena Arrozogaray, Presidente – Jorge A. Cuenca, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.-