Ordenanzas - Transferencia de crédito presupuestario


ORDENANZA Nº11183/2008.-

EXPTE.Nº3351/2008 –H.C.D.

 

 

VISTO:

           Las Ordenanzas Nº 11094/2007, 11104/08, 11127/08, 11139/08, 11152/08, 11162/08 y 11166/08, y los Decretos 1750/08, 1883/08, 1941/08 y 2022/08.

 

CONSIDERANDO:

                               Que por Ordenanza Nº 11094/2007 el Honorable Concejo Deliberante aprobó el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para año 2008, el que fuera modificado por Ordenanza Nº 11104/08, 11127/08, 11139/08, 11152/08, 11162/08 y 11166/08.

                               Que a través de los Decretos 1750/08, 1883/08, 1941/08 y 2022/08 se han realizado readecuaciones y modificaciones de partidas en uso de las atribuciones conferidas por la Ordenanza Nº 11094/07, a fin de poder ejecutar las políticas establecidas por este Departamento Ejecutivo.

                               Que durante la ejecución del Presupuesto de Gastos en las distintas jurisdicciones, y como consecuencia de la modificación de precios de la economía respecto de las variables tenidas en cuenta al momento de presentar el Proyecto de Presupuesto 2008, se han producido modificaciones por lo que se torna imprescindible la readecuación de las distintas partidas presupuestarias de gastos de las distintas dependencias y entre las distintas jurisdicciones (Secretarías) a fin de realizar la normal prestación de los servicios públicos a la ciudad.

                               Que la presente readecuación, no implica incremento alguno al monto total del Presupuesto vigente, habiéndose realizado mediante transferencias compensatorias de créditos, manteniendo en todo momento el equilibrio presupuestario, premisa insustituible de una sana administración fiscal.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- TRANSFIERASE crédito presupuestario disminuyendo los incisos y jurisdicciones del Presupuesto de Gastos fijado por Ordenanza Nº 11094/2007 y modificatorias, de acuerdo al siguiente detalle:

 

Secretaría

Inciso

Importe

Presidencia

Bienes de Consumo

   6.500,00.-

Presidencia

Servicios no personales

   2.600,00.-

Presidencia

Bienes de Uso

 94.100,00.-

Sec.de Gobierno

Bienes de Consumo

103.100,00.-

Sec. de Gobierno

Bienes de Uso

  25.100,00.-

Sec.de Gobierno

Transferencias

115.600,00.-

Sec. de Hacienda

Bienes de Consumo

    8.000,00.-

Sec. de Hacienda

Bienes de Uso

  32.800,00.-

Sec. de Hacienda

Serv.deuda y disminución de otros pasivos

 

141.000,00.-

Sec.Desarrollo Social

Bienes de Consumo

  13.100,00.-

Sec. Desarrollo Social

Servicios no Personales

  79.800,00.-

Sec. Desarrollo Social

Bienes de Uso

    4.700,00.-

Sec.de O. Públicas

Bienes de Consumo

  20.300,00.-

Sec. de O. Públicas

Bienes de Uso

330.000,00.-

Consejo M.Gchu.Turismo

Bienes de Uso

  15.100,00.-

Trabajos Públicos

Servicios no Personales

  82.600,00.-

Sec.de Ser.Públicos

Bienes de Uso

133.300,00.-

H.C.D

Servicios no Personales

  18.600,00.-

TOTAL

 

1.226.300,00.-

 

ART.2º.- INCREMENTESE el crédito presupuestario por transferencia compensatoria en los incisos y jurisdicciones del Presupuesto de Gastos fijado por Ordenanza Nº 11094/2007 y modificatorias, de acuerdo al siguiente detalle:

 

SECRETARIA

RUBRO

IMPORTE

Sec.de Gobierno

Servicios no personales

   12.600,00.-

Sec. de Hacienda

Servicios no personales

   62.300,00.-

Sec. Desarrollo Social

Transferencias

 335.000,00.-

Sec. de O.Públicas

Servicios no Personales

   19.300,00.-

Trabajos Públicos

Bienes de Consumo

   44.300,00.-

Sec.de S.Públicos

Bienes de Consumo

 102.600,00.-

Sec. de S. Públicos

Servicios no Personales

 644.600,00.-

H.C.D

Bienes de Uso

     5.600,00.-

TOTAL

 

1.226.300,00.-

 

ART.3º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la distribución de los créditos presupuestarios modificados en las distintas Direcciones a fin de lograr el normal funcionamiento de los servicios públicos prestados por el Municipio.

ART.4º.- RATIFIQUESE los Decretos 1750/08, 1883/08, 1941/08 y 2022/08.

ART.5º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 30 de octubre de 2008.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Lisandro Gamarra, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

 

ORDENANZAS

Accesibilidad UrbanaAmbienteAportes PatronalesCeremonialCódigo TributarioComercioConcesionesConstruccionConvocatorias Concursos municipioDonacionesExcepciónHigieneMedio AmbienteMujer integracion socialMultasObras PrivadasObras PúblicasOtroPago a ProveedoresPasantiasPatrimonio CulturalPresupuestoPromocion SocialResiduosSaludServicios a la comunidadTránsitoTurismoViviendas IAPV PROCREAR SIMIL