ORDENANZA Nº11183/2008.-
EXPTE.Nº3351/2008 –H.C.D.
VISTO:
Las Ordenanzas Nº 11094/2007, 11104/08, 11127/08, 11139/08, 11152/08, 11162/08 y 11166/08, y los Decretos 1750/08, 1883/08, 1941/08 y 2022/08.
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Nº 11094/2007 el Honorable Concejo Deliberante aprobó el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para año 2008, el que fuera modificado por Ordenanza Nº 11104/08, 11127/08, 11139/08, 11152/08, 11162/08 y 11166/08.
Que a través de los Decretos 1750/08, 1883/08, 1941/08 y 2022/08 se han realizado readecuaciones y modificaciones de partidas en uso de las atribuciones conferidas por la Ordenanza Nº 11094/07, a fin de poder ejecutar las políticas establecidas por este Departamento Ejecutivo.
Que durante la ejecución del Presupuesto de Gastos en las distintas jurisdicciones, y como consecuencia de la modificación de precios de la economía respecto de las variables tenidas en cuenta al momento de presentar el Proyecto de Presupuesto 2008, se han producido modificaciones por lo que se torna imprescindible la readecuación de las distintas partidas presupuestarias de gastos de las distintas dependencias y entre las distintas jurisdicciones (Secretarías) a fin de realizar la normal prestación de los servicios públicos a la ciudad.
Que la presente readecuación, no implica incremento alguno al monto total del Presupuesto vigente, habiéndose realizado mediante transferencias compensatorias de créditos, manteniendo en todo momento el equilibrio presupuestario, premisa insustituible de una sana administración fiscal.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- TRANSFIERASE crédito presupuestario disminuyendo los incisos y jurisdicciones del Presupuesto de Gastos fijado por Ordenanza Nº 11094/2007 y modificatorias, de acuerdo al siguiente detalle:
Secretaría |
Inciso |
Importe |
Presidencia |
Bienes de Consumo |
6.500,00.- |
Presidencia |
Servicios no personales |
2.600,00.- |
Presidencia |
Bienes de Uso |
94.100,00.- |
Sec.de Gobierno |
Bienes de Consumo |
103.100,00.- |
Sec. de Gobierno |
Bienes de Uso |
25.100,00.- |
Sec.de Gobierno |
Transferencias |
115.600,00.- |
Sec. de Hacienda |
Bienes de Consumo |
8.000,00.- |
Sec. de Hacienda |
Bienes de Uso |
32.800,00.- |
Sec. de Hacienda |
Serv.deuda y disminución de otros pasivos |
141.000,00.- |
Sec.Desarrollo Social |
Bienes de Consumo |
13.100,00.- |
Sec. Desarrollo Social |
Servicios no Personales |
79.800,00.- |
Sec. Desarrollo Social |
Bienes de Uso |
4.700,00.- |
Sec.de O. Públicas |
Bienes de Consumo |
20.300,00.- |
Sec. de O. Públicas |
Bienes de Uso |
330.000,00.- |
Consejo M.Gchu.Turismo |
Bienes de Uso |
15.100,00.- |
Trabajos Públicos |
Servicios no Personales |
82.600,00.- |
Sec.de Ser.Públicos |
Bienes de Uso |
133.300,00.- |
H.C.D |
Servicios no Personales |
18.600,00.- |
TOTAL |
|
1.226.300,00.- |
ART.2º.- INCREMENTESE el crédito presupuestario por transferencia compensatoria en los incisos y jurisdicciones del Presupuesto de Gastos fijado por Ordenanza Nº 11094/2007 y modificatorias, de acuerdo al siguiente detalle:
SECRETARIA |
RUBRO |
IMPORTE |
Sec.de Gobierno |
Servicios no personales |
12.600,00.- |
Sec. de Hacienda |
Servicios no personales |
62.300,00.- |
Sec. Desarrollo Social |
Transferencias |
335.000,00.- |
Sec. de O.Públicas |
Servicios no Personales |
19.300,00.- |
Trabajos Públicos |
Bienes de Consumo |
44.300,00.- |
Sec.de S.Públicos |
Bienes de Consumo |
102.600,00.- |
Sec. de S. Públicos |
Servicios no Personales |
644.600,00.- |
H.C.D |
Bienes de Uso |
5.600,00.- |
TOTAL |
|
1.226.300,00.- |
ART.3º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la distribución de los créditos presupuestarios modificados en las distintas Direcciones a fin de lograr el normal funcionamiento de los servicios públicos prestados por el Municipio.
ART.4º.- RATIFIQUESE los Decretos 1750/08, 1883/08, 1941/08 y 2022/08.
ART.5º.- COMUNIQUESE, ETC…
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 30 de octubre de 2008.
Liliana M. Ríos, Presidenta – Lisandro Gamarra, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.