ORDENANZA Nº 11163/2008.-
EXPTE.Nº 3184/2008 ADJ.EXPTE.Nº1/08 (Banca Abierta).
VISTO:
Los Expedientes Nº 3184/08 y 1/2008 (Banca Abierta) y ante la necesidad de contar con un centro de almacenamiento, preservación y divulgación documental, disponibilidad pública, acceso rápido y de democratización de la información, y
CONSIDERANDO:
Que es una necesidad clara e impostergable de la comunidad educativa, científica y cultual, contar con espacios específicos para archivos.
Que no existe en la actualidad en nuestra ciudad, un espacio de estas características, lo cual provoca la atomización de las documentaciones y producciones del ámbito municipal.
Que resulta altamente significativo en la construcción de nuestra capital cultural como asimismo, en la construcción y reconstrucción de nuestra propia identidad comunitaria.
Que las actuales tecnologías permiten la implementación de un sistema de servicios de infinitos alcances y posibilidades.
Que se puede y se debe recurrir al principio de responsabilidad social y cultural, por cuanto implica “compartir producciones” con aquellos que somos comunidad.
Que se pone a disposición toda la información de la administración pública, cumpliendo así con lo dispuesto en normas legales vigentes.
Que esta creación resulta de avanzada, y ubicaría a nuestra ciudad en un lugar de privilegio en cuanto a la democratización y difusión de bienes culturales.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- CREASE en el ámbito de la Municipalidad de Gualeguaychú y dependiente de la Presidencia Municipal, el Área de Archivo con el objeto de organizar, tecnificar, administrar, conservar, acrecentar y difundir el patrimonio documental de la Municipalidad de Gualeguaychú, y asegurar su accesibilidad, para la acción administrativa, la investigación histórica y la información general.
ART.2º.- EL patrimonio documental del Área de Archivo estará formado por todos los documentos de cualquier edad y soporte producido o se produzcan, recibidos o se reciban:
ORDENANZA Nº 11163/2008.-
- Por todos los archivos existentes en la Municipalidad.
- Por donación, guarda o convenio: por los archivos de personas físicas o jurídicas que así lo acuerden.
ART.3º.- ORGANICAMENTE el Área de Archivo se subdividirá en:
Departamentos, siendo los mismos los siguientes:
Departamento Archivo Administrativo
Departamento Histórico
Departamento Biblioteca Impresa y Digital
Departamento Hemeroteca
Departamento Mapoteca
ART.4º.- LOS archivos se organizarán técnicamente de acuerdo a las normas vigentes de la archivística general.
ART.5º.- EL Área de Archivos será ejercida por un Responsable de Área de Archivos, y será asistido para tales funciones por los empleados que sean necesarios para el correcto desarrollo de la misma.
ART.6º.- DEL RESPONSABLE DEL AREA DE ARCHIVO
El responsable del Área de Archivo tendrá las siguientes facultades:
- Solicitar al Departamento Ejecutivo la calificación como “Archivo Histórico” a los archivos particulares y públicos que reúnan las condiciones de tales.
- Peticionar ante las autoridades nacionales y provinciales las medidas que estimare oportunas para salvaguardar la documentación integrada al patrimonio documental de la Municipalidad.
- Celebrar convenios de cooperación técnica y mantener intercambios con instituciones oficiales o privadas vinculadas a la labor archivística.
- Promover el otorgamiento de becas de perfeccionamiento para el personal destinado a archivos.
- Aceptar donaciones
- Elevar al Departamento Ejecutivo el reglamento interno de funcionamiento del Área de Archivo.
- Aconsejar al Departamento Ejecutivo la desafectación de documentos administrativos luego del “expurgo” necesario, una vez cumplida la documentación diez años de existencia, clasificándola y describiéndola técnicamente.
- Hacer publicaciones que tengan por objeto la difusión del desarrollo de sus actividades e información vinculada directamente a la archivística y del patrimonio cultural de la ciudad.
ART.7º.- DE LOS DEPARTAMENTOS DEL AREA DE ARCHIVO.
- Archivo Administrativo: concentrará la documentación hasta los diez años cumplidos. Momento en el cual se realizará el “expurgo” necesario, en donde, el Área de Archivo clasificará el material en término de históricos e inventario. Siendo el resto del material dado de baja, luego de dar los pasos legales correspondientes.
ORDENANZA Nº 11163/2008.-
Este archivo tendrá las siguientes funciones, más las que fije el reglamento interno:
- Recibir la documentación procedente de las diferentes áreas, direcciones o secretarías y demás ámbitos de la administración pública municipal.
- Conservar la documentación confiada bajo las condiciones máximas de seguridad debidamente clasificadas, ordenadas y descriptas para un servicio eficiente de información y control del archivo.
- Transferir al Archivo Histórico la documentación, una vez realizado el “purgo” cuyo valor sea imprescriptible y por ende su conservación permanente.
- Archivo Histórico: concentrará la documentación con más de diez años de antigüedad producida por el Departamento Ejecutivo y del Honorable Concejo Deliberante y que haya sido calificada como “Documento de Valor Histórico” por el Departamento Ejecutivo a solicitud de la Dirección.
Este Archivo tendrá las siguientes funciones:
- Recibir la documentación de valor histórico que se le transfiera.
- Clasificar, ordenar y archivar en óptimas condiciones de seguridad y conservación de archivística.
- Realizar publicaciones para lograr el conocimiento y divulgación del patrimonio documental.
- Llevar a cabo exposiciones y eventos que permitan la puesta en valor del material documental.
- Biblioteca – Hemeroteca – Mapoteca: Concentrará todo el material existente en la administración pública municipal, entre ellos: la bibliografía – hemeroteca y mapoteca existente en cualquiera de las áreas, Direcciones y Secretarías del Departamento Ejecutivo y del Honorable Concejo Deliberante. Salvo aquellas que sean consideradas documentos de consulta permanente para el normal y correcto funcionamiento de tareas específicas de los funcionarios y empleados municipales.
En el caso de la biblioteca se considerarán de dos tipos: Impresa y Digital. Para el caso de la primera se tomarán las consideraciones del presente inciso, y para la digital, se avanza en ello de acuerdo a las necesidades dadas por la misma Área.
Este Archivo tendrá las siguientes funciones:
- Recibir y registrar publicaciones
- Realizar el inventario de las existencias bibliográficas e impresos.
- Establecer canje con instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras
- Establecer la compra, restauración y encuadernación del material bibliográfico.
ORDENANZA Nº 11163/2008.-
ART.8º.- EL Área de Archivo reglamentará el acceso de las personas a las salas de consulta y el comportamiento a observar por éstas, respetando los principios establecidos por la Archivística.
ART.9º.-EL Área de Archivo queda autorizada a realizar micro reproducciones y filmaciones con fines de seguridad y conservación del material documental. Estas tareas específicas se realizarán con el consentimiento del Departamento Ejecutivo.
ART.10º.- DISPOSICIONES GENERALES
- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2009
- Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza.
- Disponer en el Presupuesto General del Municipio, las partidas de dinero necesarias para el normal y correcto funcionamiento del Área de Archivo, permitiéndole dicha partida la organización y puesta en marcha de los distintos Departamento que la conforman.
ART.11º.- COMUNIQUESE, ETC….
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 21 de agosto de 2008.
Liliana M. Ríos, Presidenta – Lisandro Gamarra, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.