ORDENANZA Nº 10678/2004.-
EXPTE.Nº 1639/2004-H.C.D.
VISTO:
La necesidad de asignarle denominación correcta a diversas arterias de la ciudad que hoy figuran como calles públicas.
CONSIDERANDO:
Que es muy necesario, en función del rápido crecimiento poblacional que se está desarrollando dentro del ejido.
Que esto amerita un ordenamiento vial urgente para la correspondiente planificación urbana de la ciudad.
Que es intención nominar a dos de las arterias en cuestión con nombres de pájaros que si bien no son exclusivos de nuestra zona, son parte de la fauna autóctona hoy tan disminuida, y a la tercera darle continuidad de denominación.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- DESIGNASE con el nombre de calle “El Hornero” a la primera paralela al este del Bulevar Belgrano, que nace en calle Urquiza hacia el sur hasta su finalización; calle “La Calandria”, a la segunda paralela al este del Bulevar Belgrano que nace en Avenida General José Gervasio Artigas hacia el sur hasta su finalización; calle “José Nicolás Benedetti” a la tercera paralela al este del Bulevar Belgrano desde Urquiza hacia el sur hasta su finalización, siendo esta, continuidad de la existente denominación, hacia el norte y hacia el sur.
ART.2º.- DEJAR claramente expresado que ante la posibilidad de aperturas viales a futuro que sean continuidad de las antes nombradas, se respete la denominación asignada por la presente.
ART.3º.- POR el área respectiva, procédase a la colocación de los carteles con las denominaciones del articulo 1º.
ORDENANZA Nº 10678/2004.-
ART.4º.- IMPÚTESE el gasto que la presente demande a la partida correspondiente del presupuesto del presente año.
Art.5º.- COMUNÍQUESE, ETC...
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú 17 de marzo de 2004.
Héctor de la Fuente, Presidente – Juan Ignacio López, Secretario.
Es copia fiel que, Certifico.