Subsidios a monotributistas del turismo: conocé detalles
El Gobierno Nacional creó el programa para brindar asistencia a trabajadoras y trabajadores independiente, por medio del cual se les otorgará un subsidio de 22.000 pesos.
El Gobierno Nacional creó el programa para brindar asistencia a trabajadoras y trabajadores independiente, por medio del cual se les otorgará un subsidio de 22.000 pesos.
26 de Mayo 2021 gualeguaychú365
El Gobierno Nacional extenderá el "Programa de asistencia a monotributistas y trabajadores autónomos" para acompañar a trabajadoras y trabajadores independientes del sector encuadrados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) o en el Régimen de Trabajo Autónomo, que reúnan ciertas condiciones.
Según se dio a conocer desde el Ministerio de Trabajo se les otorgará un subsidio de $22.000, obteniendo el beneficio durante el mes de junio. El beneficio del Programa se extiende por un (1) mes. Los trabajadores y trabajadoras deberán inscribirse en el Programa de forma mensual para poder acceder al mismo.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social notificará a los solicitantes las novedades respecto a su incorporación al programa, a través de una ventanilla electrónica del sitio web de la AFIP.
Cabe aclarar que, hasta el momento, dicho programa solo regía para los gastronómicos, pero se confirmó que se encuentra disponible para otros sectores como el transporte, las actividades culturales, deportivas y comerciales.
Criterios de selección
¿Qué se necesita?
En caso de haber algún error en la presentación se notificará por ventanilla electrónica de AFIP, especificando los motivos posibles de rechazo y los pasos a seguir para subsanarlo. Los errores en la documentación podrán ser subsanados en un plazo de cinco (5) días hábiles.
¿Cómo es la inscripción?
1. El trámite se inicia en AFIP. Se ingresa con clave fiscal al Servicio web REPRO 2.
2. El trabajador confirmará los datos de la facturación interanual y podrá descargar la nómina con los trabajadores que podrán ser beneficiados (en caso de corresponder). Luego será redirigido al sitio web del MTEySS.
3. En el sitio web del MTEySS se les solicitará una serie de datos (ver requisitos) que el trabajador tendrá que completar.
4. Una vez completados los datos, se generará un comprobante de inscripción con el número de trámite. Dicho comprobante será enviado por ventanilla electrónica (AFIP)
5. En caso de solicitarse subsanar los datos presentados, esto se notificará por ventanilla electrónica en un PDF genérico que contendrá todos los motivos posibles de rechazo listados con un código y la vía por la cual tendrán que reenviar la documentación. En la referencia de la notificación se especificará el o los códigos que deberán corregirse en cada caso particular.
6. El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social notificará a las empleadoras y los empleadores las novedades respecto a su incorporación al Programa a través de la ventanilla electrónica del sitio web de la AFIP.
Información complementaria
Normativa: Resolución N° 201/2021: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/243218/20210420
Contacto:
Teléfono: 0800-222-2220
Correo electrónico: [email protected]
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